María José Campanario, expulsada de la universidad

María José Campanario, expulsada de la universidad

Escrito por: Elisa    3 septiembre 2011     3 minutos

Esto afirmaban anoche en DEC, parece que los antecedentes penales de María José Campanario han hecho que la mujer de Jesulín de Ubrique no pueda continuar sus estudios de odontología los fines de semana en la Universidad Europea de Madrid.

Según informaban en el programa de corazón de Antena 3, a Campanario, que ya había abonado la matrícula para su segundo curso, no le habrían renovado su matrícula al haber ejercido la universidad su derecho a la no revonación en base a la Normativa General para las Enseñanzas Oficiales de Grado.

La normativa citada anteriormente recoge que la universidad se reserva el derecho de admisión y derecho a la no revonavión de la matrícula a personas que esten inculpadas en un procedimiento penal por un delito doloso. Tras resolución de la operación Karlos, María José Campanario no acabó en la cárcel, pero sí que fue condenada a una pena de 23 meses -19 meses por delito de falsedad documental y 4 meses por tentativa de estafa. Además fue condenada a pagar una multa de 1.800 euros.

En julio, Campanario entraba por teléfono en El programa de Ana Rosa y contaba que asumía que era culpable porque así lo había determinado un juez, de dos delitos, no de los cuatro de los que se le acusaban. Además aseguraba que no es una sentencia firme por lo que podía recurrir.

Campanario va a denunciar al centro académico por considerar injusta su expulsión. En referencia a la no admisión de alumnos, dicha institución se reserva este derecho en aplicación del art. 3 de la Normativa General para las Enseñanzas Oficiales de Grado, que se aprobó con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, y cuya finalidad es regular el correcto funcionamiento de la Universidad y del aprendizaje de sus estudiantes.

En concreto, el artículo 3 de la normativa detalla que:
“La Universidad se reserva el derecho de admisión y el derecho a la no renovación de la matrícula anual de aquellos estudiantes cuyas conductas o hechos puedan suponer un mal ejemplo para la Universidad y para el resto de los estudiantes. De manera particular, se señalan:
– cualquier actuación, hecho o falta que contravenga el código ético de la Universidad
estar inculpado en un procedimiento penal por un delito doloso
– cualquier otra conducta, hecho o situación que la Universidad considere que afecta al normal desarrollo de la actividad docente de sus estudiantes”.

Por tanto, y en aplicación al segundo punto del artículo 3 de dicha normativa, la matrícula de un alumno implicado en un procedimiento penal puede ser no renovada.

En un comunicado enviado por la Universidad Europea de Madrid quiera hace saber que se mantiene al margen de cualquier otro debate ajeno a su naturaleza de formación académica de calidad y excelencia, con el fin preservar su función educativa y social. Enfatiza que es una institución educativa de vocación innovadora y reconocido prestigio con más de 15.000 estudiantes, cuya misión es fomentar la excelencia académica e integral bajo los pilares de la máxima calidad educativa, la formación internacional, la conexión con el mundo profesional, el compromiso con los valores y el progreso social a través de la investigación y la trasferencia del conocimiento.

Fuente | DEC
Foto | Gtres

un comentario

  1. Ann dice:

    así va el país, … negando la enseñanza a quienes más la necesitan.